2023

CONEIA 2024

La próxima edición del Congreso Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – CONEIA 2024, organizado por la Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental, que con el lema “La Evaluación Ambiental como garantía de sostenibilidad social, ambiental y económica” se celebrará en Vitoria-Gasteiz los días 10, 11 y 12 de abril de 2024. Gracias a la participación cada vez mayor de los profesionales de la evaluación ambiental el CONEIA va mejorando año a año. Por ello insistimos, como siempre, en la importancia que tiene para este congreso vuestra implicación desde el principio. Os animamos a que coordinéis sesiones, presentéis vuestros proyectos en forma de comunicaciones orales o póster, que participéis en debates, talleres o cualquier otra actividad y, por supuesto, que disfrutéis con nosotros con el congreso social, que en esta edición contará con múltiples propuestas muy atractivas. Puedes consultar toda la información en la web del congreso: https://www.coneia.com/coneia2024 El éxito del CONEIA se fundamenta en el compartir experiencias entre todos los asistentes, que potencian así su red profesional. Por eso nos esforzamos para lograr una nueva edición que consiga seguir siendo la referencia para todos los agentes implicados, de una u otra manera, en la Evaluación Ambiental. Contamos con tu participación, tú haces grande el CONEIA. ¡Nos vemos en Vitoria-Gasteiz!

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JORNADA “GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA EIA EN EL CICLO DE VIDA DEL PROYECTO: MEJORAS EN LA BIODIVERSIDAD Y GENERACIÓN DE SERVICIOS ECOSISTÉMICOS”

El jueves 22 de junio se organizó desde la AEEIA, junto con la Junta de Extremadura, una interesante jornada técnica, patrocinada por Red Eléctrica, cuyo título es «GESTIÓN ADAPTATIVA DE LA EIA DURANTE EL CICLO DE VIDA DEL PROYECTO: MEJORAS EN LA BIODIVERSIDAD Y GENERACIÓN DE SERVICIOS ECOSISTÉMICOS”. Para su celebración contamos con las instalaciones del Centro Cultural Santo Domingo de Mérida (Badajoz), cedidas por la Fundación Caja Badajoz. La inscripción a estas jornadas fue gratuita y se graban con el objetivo de tenerla posteriormente, a disposición de nuestros asociados, en la plataforma de formación de nuestra web. Puedes descargar aquí el programa.

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Jornada Técnica «La vida del proyecto tras la DIA. Retos y oportunidades»

El 12 de abril de 2023 la AEEIA organizó una jornada técnica, con el apoyo del Servicio de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental y patrocinada por Capital Energy, titulada “LA VIDA DEL PROYECTO TRAS LA DIA. RETOS Y OPORTUNIDADES”, cuyo objetivo es analizar y reflexionar sobre las medidas compensatorias y planes de vigilancia ambiental que se llevan a cabo después de la Declaración de Impacto Ambiental y que son las claves para asegurar la eficacia en la minimización de los impactos ambientales de los proyectos. Puedes ver el programa en el PDF adjunto

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Jornada técnica “Los hábitats de interés Comunitario fuera de la RN2000 y su problemática en la evaluación ambiental». Trujillo, 10 febrero 2023

El  10 de febrero 2023 la Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental y la Junta de Extremadura, organizó una interesante jornada técnica titulada: “Los hábitats de interés Comunitaria fuera de la RN2000 y su problemática en la evaluación ambiental”, patrocinada por Capital Energy. Este evento se celebró en el Palacio de Barrantes-Cervantes en Trujillo, sede cedida por el Ayuntamiento de Trujillo. Puedes consultar el programa en el PDF adjunto. PROGRAMA DE LAS JORNADAS  

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EL GOBIERNO EXIME DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL A LOS PROYECTOS DE ENERGÍAS RENOVABLES, INDEPENDIENTEMENTE DE SU TAMAÑO

La pasada semana el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 20/2022 por el que se adoptan medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad. Dicha norma promueve el desmantelamiento temporal del entramado jurídico-normativo que representa la Evaluación Ambiental como instrumento de protección ambiental y social, eliminando las herramientas de salvaguarda de que se disponía para conseguir que los proyectos de energías renovables se aprobaran con unas mínimas garantías de protección y sostenibilidad. Al eximir dichos proyectos del trámite de evaluación de impacto ambiental, independientemente de su tamaño, se obvia el más mínimo Principio de Precaución, de aplicación generalizada en todo el mundo civilizado desde la Cumbre de Río de 1992, eliminando la posibilidad de que la ciudadanía participe en los procesos de autorización de estos proyectos de gran trascendencia territorial y social. Es preciso recordar que en España se están planteando en la actualidad múltiples megaproyectos fotovoltaicos y parques eólicos con una posible repercusión en varias decenas de miles de hectáreas de extensión, que requieren a su vez líneas eléctricas de evacuación de muchos kilómetros, cuyo impacto territorial, social y ambiental es incuestionable. Los errores que se cometan ahora en su planteamiento y desarrollo serán heridas que sufriremos todos en el momento actual y por generaciones venideras, dado que estos proyectos se plantean a treinta o más años. Con carácter excepcional y transitorio, el Gobierno ha aprobado un nuevo procedimiento que viene a ser una generalización del que ya se creó mediante el Real Decreto Ley 6/2022; lejos de rectificarse el error que supuso dicho procedimiento de autorización-exprés, ya cuestionado en su día por la Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental (AEEIA), ahora se generaliza para todos los proyectos de energías renovables, independientemente de su tamaño. Únicamente no será de aplicación para proyectos ubicados en espacios protegidos, incluida la RN2000, o en medio marino, así como las líneas de evacuación de voltaje igual o superior 220 kV con longitud superior a 15 km.   Esta medida: Elimina la fase de información pública y consultas, impidiendo la participación de la sociedad en el nuevo procedimiento transitorio de determinación de afección ambiental que sustituye al procedimiento de evaluación de impacto ambiental para todos los proyectos de energías renovables, salvo en los supuestos mencionados. Basa la toma de decisiones sobre la autorización de estos proyectos sin consultar a ningún otro organismo o institución, ni público ni privado, apoyándose tan solo en un estudio de impacto ambiental realizado por el promotor y en el informe de determinación de afección ambiental que a partir de dicho estudio realizará el órgano ambiental del Únicamente una vez elaborado su informe, en fase de propuesta, se consultará al órgano competente en materia de medio ambiente (se entiende que de la comunidad autónoma, aunque no queda claro en la norma), que dispondrá tan solo de 10 días para formular observaciones. En caso de no contestar en plazo, se considerará que está de acuerdo con la propuesta, lo cual ocurrirá en la mayoría de los casos porque es materialmente imposible cumplir el plazo otorgado de respuesta. Origina una grave amenaza para los espacios de la Red Natura 2000, porque obvia el preceptivo informe que debería emitir el órgano competente en estos espacios protegidos; tan solo exige para su aplicación el no ubicarse en el interior de ningún espacio RN2000, lo cual no implica necesariamente la ausencia de impactos sobre sus hábitats o especies protegidas, con posibles afecciones sobre la biodiversidad ignoradas. Supone un manifiesto agravio comparativo con los demás proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con la Ley 21/2013, con la supuesta motivación de la excepcionalidad del momento que vivimos. A esta situación nos ha llevado la inoperancia de la Administración por no planificar adecuadamente y en plazo el desarrollo de las energías renovables en nuestro país, con su preceptiva evaluación ambiental estratégica, y a autorizar en base a dicha planificación previa los correspondientes proyectos, sometidos a su vez a evaluación de impacto ¿Cómo explicamos a un promotor de una actuación cualquiera de las incluidas en la Ley 21/2013 (por ejemplo, perforar un pozo de más de 120 m de profundidad) que debe someter su proyecto a evaluación ambiental, y sin embargo se exima de esa misma evaluación ambiental a un proyecto fotovoltaico de miles de hectáreas (millones de metros cuadrados) como los actualmente planteados? Consolida las diferencias entre proyectos tramitados por el Estado (mayores a 50 MW) y aquellos tramitados por las Comunidades Autónomas, que seguirán estando sometidos al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental, pese a ser de menor tamaño y, por tanto, con un previsible menor impacto Las modificaciones planteadas generan inseguridad jurídica asociada a las nuevas autorizaciones por incumplir los principios y la metodología de la evaluación ambiental, amparados en Directivas europeas. Estas incluyen la excepcionalidad de eximir de evaluación de impacto ambiental determinados proyectos concretos, pero no tipologías enteras de proyectos sin una motivación clara y Incluso el reciente Reglamento UE/2022/2577, de 22 de diciembre, para acelerar el despliegue de energías renovables, establece que las zonas específicas para la rápida implantación de energías renovables deben ser sometidas a la correspondiente planificación con su evaluación ambiental estratégica. Por tanto, el nuevo procedimiento de autorización exprés que se ha aprobado implica un evidente desprecio de la evaluación ambiental de estos proyectos, por eximirlos del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, único capaz de evitar, mitigar y/o compensar sus consecuencias negativas y conseguir su efectiva integración en el territorio. Como hemos venido defendiendo siempre, desde la Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental se está de acuerdo en que las energías renovables constituyen uno de los pilares básicos de la transición energética que debe acometer España para lograr la descarbonización de nuestra economía en 2050 y así atender los compromisos adquiridos frente a la UE y en el Acuerdo de París. Pero el ahorro temporal que se persigue

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